Deportivo y Lendoiro: por otros 18 años.

Blog creado para apoyar incondicionalmente a Augusto César Lendoiro, la persona que rompió la lógica haciendo grande al Real Club Deportivo de La Coruña y le dio un nombre en Europa tanto a la institución como a la ciudad. Por todo ello, ¡GRACIAS!

jueves 19 de julio de 2007

LA JUSTICIA DEJA A FRAN EN EVIDENCIA

El Juzgado de Primera Instancia número 6 de A Coruña ya dictó sentencia ante la demanda presentada por la empresa Sport Gestión contra el Deportivo por los derechos de imagen del último contrato del ex capitán deportivista Fran. La jueza Dosinda Álvarez Gómez decidió absolver al club blanquiazul, que siempre había mantenido que los derechos de imagen que reclamaba la empresa del representante de Fran ya habían sido cobrados en su día por el jugador, como quedó demostrado en el juicio celebrado el pasado 29 de mayo. Sport Gestión reclamaba al club 588.000 euros más los intereses de demora, petición que ahora ha sido desestimada.

El conflicto entre la agencia que representaba a Fran y el Deportivo se remontaba al final de la campaña 2002-2003, época en la que el capitán deportivista finalizaba su contrato con el club. En aquel momento el representante del jugador, Gorka Arrinda, y el club negociaron las condiciones para prorrogar dos temporadas más el contrato. En esas negociaciones se llegó a un acuerdo con el agente para que Fran redujese las cantidades que cobraba hasta entonces en concepto de ficha. Hasta esa fecha, el jugador cobraba sus derechos de imagen a través de Sport Gestión, pero a partir de ese momento esos derechos ya se incluirían en su contrato. Sport Gestión entendía que la prórroga del contrato suponía el mantenimiento de las condiciones anteriores, por lo que interpretaba que en lo cobrado en su momento por Fran no estaban los derechos de imagen. Uno de los argumentos utilizado en el juicio por el abogado de Sport Gestión, el consejero del Celta de Vigo Ángel Piñeiro, fue que el presidente deportivista, Augusto César Lendoiro, había enviado en julio de 2003 una carta a Gorka Arrinda en la que se daba por prorrogado el contrato. Sin embargo, días después el representante del jugador respondía en otra carta reconociendo que las dos partes debían seguir negociando las nuevas condiciones contractuales.

Finalmente, el contrato de Fran se presentó en la Liga de Fútbol Profesional el 7 de agosto de 2003, aunque con fecha del 1 de julio para que el jugador no interrumpiese su vinculación contractual con el club a efectos de sus cotizaciones a la Seguridad Social. Ese contrato es el único considerado válido en su día por la Real Federación Española de Fútbol. Un contrato que fue rubricado por Fran y por Gorka Arrinda.

Al término del juicio, el presidente deportivista ya se había mostrado muy confiado de que la Justicia daría la razón al Deportivo: “Se han pagado los derechos de imagen en su totalidad. Ha quedado demostrado que ese contrato incluía los derechos”. Lendoiro calificó en ese momento el intento de cobro por segunda vez de los derechos de imagen como “un auténtico timo”, algo que ha ratificado la sentencia favorable al Deportivo.

ASÍ FUE LA HISTORIA

1 El 15.07.05 Fran presenta una denuncia en la Comisión Mixta LFP-AFE reclamando la suma de 1.537.963,62 €
En esa denuncia firmada por Fran, se pide la aplicación de las consecuencias previstas en los artículos 8 y concordantes del reglamento de la Comisión. Es decir, pide el descenso del Depor.

2 El Depor le reconoce la cantidad de 633.026,08 €. La Comisión acepta la cifra y Fran acepta ese importe
De la cifra reclamada, el Depor reconoce 633.026,08 euros, que era la cantidad que constaba en el pagaré depositado en el banco. La Comisión Mixta acepta el importe y el jugador también.

3 Fran dice en público que quiere garantías al pagaré y en un documento privado reclama derechos de imagen
Para justificarse ante la opinión pública, Fran manifiesta que solicitaba un documento privado que sirviera de garantía al pagaré. Pero en ese documento lo que reclamaba eran derechos de imagen.

4 Por contrato de fecha 01.07.03 Fran le había transmitido al Depor esos derechos. Es decir, ya los había cobrado
El Depor no aceptó firmar el documento privado remitido por Fran porque conforme al contrato de fecha 01.07.03, el ex capitán transmitió al club los derechos de imagen. Por tanto, ya los había cobrado.

5 El tiempo para ejercitar la acción legal concluía el 30.06.06. Por eso Fran denunció antes de que el plazo acabara
Al constar los derechos de imagen transferidos en el contrato de trabajo, el tiempo hábil para ejercitar la acción es de un año contado a partir de la extinción del contrato. En este caso, el 30.06.06

6 Como ya cobró, la demanda la presenta su representante, Gorka Arrinda. Reclama unos CIEN MILLONES DE PESETAS
Antes del 30.06.06 se presentó la demanda a través de la empresa de su representante. Esos derechos fueron cobrados como parte del contrato del 01.07.03. Fran pretendía cobrar otra vez.

7 Se celebra el juicio, en el que declaran el propio Fran y el presidente deportivista, Augusto César Lendoiro
El pasado 29 de mayo se celebró la vista en un juzgado coruñés. El ex capitán apenas pudo decir nada en su declaración, al alegar que había sido Gorka Arrinda el que había negociado.

8 La sentencia absuelve al Deportivo y demuestra que la reclamación del ex capitán no tenía ningún fundamento
El 12 de julio la jueza Dosinda Álvarez Gómez dictó la sentencia que fue dada a conocer ayer y por la que se absuelve al Deportivo y se le da la razón en el contencioso con el ex capitán.


Martes 17/07/2007 19:26, DeporSport, A Coruña



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